El 25 de noviembre, se conmemora el día internacional sobre eliminación de la violencia contra la Mujer. Se busca sensibilizar a la sociedad sobre las formas de violencia de género, que constituyen una violación de los derechos humanos fundamentales y un obstáculo para la equidad y el desarrollo.
Una fecha que invita a la reflexión desde diversas perspectivas: jurídica, social y cultural.
En términos jurídicos, se centra en la promoción y aplicación de normas internacionales, regionales y nacionales. Instrumentos como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional y la Convención de Belém do Pará, con jerarquía superior a las leyes nacionales, han sido fundamentales para consolidar un marco legal que reconoce la violencia de género como una forma de discriminación estructural.
A nivel nacional contamos con un marco normativo destacado a nivel regional, ley 26485 (2009), respecto a la cual Tucumán se adhirió en todos sus términos bajo la ley 8336 (2010). Además, continúa vigente la ley provincial 7264 (2003) sobre violencia familiar y el Código Procesal de Familia (2022), que, entre otros procesos, incorpora el referido a medidas de protección
Es relevante destacar el avance en el abordaje de los casos de violencia en el Poder Judicial local a partir del dictado de la Acordada 893/24 que crea el Área de Gestión de Riesgo.
Las mujeres que sufren violencia de género y solicitan medidas de protección en el ámbito judicial, se encuentran con múltiples obstáculos luego del dictado de la medida, desde la falta de patrocinio/asesoramiento jurídico, asistencia material y psicológica, hasta déficit de apoyo en sus redes familiares y sociales. A lo que se suman los obstáculos internos de la persona como el apego con el agresor y otros condicionantes de orden cultural. Además se sabe que la visibilización de la violencia a través de la denuncia incrementa el riesgo para las víctimas y el riesgo de desenlace trágico. Por lo cual se hace imprescindible gestionar acciones para evitar riesgos mayores una vez efectuada la denuncia
El área de gestión de riesgo (AGR), creada a instancias de la OM y bajo su dependencia, surge como respuesta a las demandas de la magistratura para llevar adelante un sistema de gestión que se oriente a prevenir y mitigar riesgos para las personas afectadas por violencia de género, efectuando las acciones y articulaciones intra e interinstitucionales que correspondan analizando los distintos procesos judiciales con visión integradora y focal en la persona destinataria de la medida
La gestión de riesgo en violencia de género es el paso que sigue a la valoración del riesgo (que hace la OVD) y por el cual aquella adquiere trascendencia. Es la búsqueda de urgentes medidas que eviten que lo evaluado como riesgoso se confirme minimizando el riesgo de aparición de lo pronosticado al implementar diversas estrategias y herramientas tales como:
(*) Articulación con dispositivos institucionales y redes locales para el seguimiento
(*) Sistema Informático de alertas.
(*) Sistema estadístico para evaluar acciones y redireccionar la práctica.
(*) Capacitación continua de los equipos intervinientes.
(*) Comunicación fluida con la magistratura a través de sistemas de mensajería e información de calidad.
La violencia contra las mujeres está profundamente arraigada en estructuras patriarcales y desigualdades de poder que perpetúan roles de género. La educación juega un papel crucial para erradicar estas normas culturales que naturalizan o toleran la violencia.
Un enfoque clave es trabajar en la prevención a través de la educación en igualdad desde edades tempranas, fomentando relaciones basadas en el respeto y la equidad. Las políticas públicas también deben incluir programas de apoyo a las víctimas y campañas de sensibilización dirigidas a transformar los imaginarios sociales que justifican la violencia.
Es importante apostar por expresiones artísticas y culturales que denuncien la violencia y valoren la diversidad y la dignidad de las mujeres. Literatura, cine, teatro y música son poderosas herramientas para generar empatía y conciencia social.
Conclusión: La conmemoración del 25 de noviembre nos recuerda que la violencia contra las mujeres es una problemática compleja (y aún muy vigente) que exige un enfoque integral. Desde el ámbito jurídico, la garantía de derechos; desde el ámbito social, la transformación de actitudes y roles; y desde el ámbito cultural, la creación de nuevas narrativas son caminos interconectados hacia una sociedad más justa y libre de violencia de género.
"No podemos seguir viviendo en sociedades que reproducen la violencia contra las mujeres”, asi lo declara la directora uruguaya de ONU Mujeres para América Latina, María-Noel Vaeza; recalcando que la cultura de la violencia “no se acaba solo con la denuncia” y que la lucha a favor de los derechos de las mujeres “pasa por tratar de cambiar el comportamiento que reproduce la violencia machista"
Según Vaeza, es necesario transformar las actitudes y conductas de aquellos que ejercen la violencia” en aras de una “transformación cultural a través de un esfuerzo educativo”, cuya consecuencia sea poder “denunciar, educar, exigir que se aprueben leyes efectivas” y también “velando por el derecho de las mujeres a trabajar y a formarse”.
La Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres define a la violencia contra la mujer como “Toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, [...] basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también la seguridad personal de una mujer”.
Centrándonos, en la violencia económica, ésta existe y consiste en la privación intencionada y no justificada de recursos para el bienestar físico o psicológico de una mujer y /o de sus hijos o hijas, derivada, por ejemplo, del impago reiterado e injustificado de pensiones alimenticias estipuladas en caso de separación o divorcio, en el hecho de obstaculizar la disposición de los recursos propios o compartidos en el ámbito familiar o de pareja y en la apropiación ilegítima de bienes de la mujer; es decir que, llega a abordar todas las conductas que implican el control financiero de la víctima. La violencia económica, sin embargo, no se produce de manera aislada, sino en estrecho vínculo con otro tipo de violencias, como son por ejemplo la violencia simbólica y psicológica.
Según un estudio realizado por la Dirección General de Estadística y Censos del Gobierno de la Nación, en el 2023, el 23,8% de las mujeres sufrió alguna situación de violencia económica y/o patrimonial en sus relaciones de pareja, siendo el segundo tipo de violencia más reportado, sólo por detrás de la violencia psicológica.
De hecho, uno de los hallazgos de este estudio, fue identificar patrones de dependencia sobre los que los varones ejercen diversos niveles de violencia económica y/o patrimonial: el ejercido contra las mujeres desempleadas o con ingresos bajos es diferente al que se emplea contra las mujeres que sí cuentan con ingresos (o mayores ingresos que los varones), o que cuentan con un capital/patrimonio. Justamente, para aquellas con mejores ingresos, la sujeción está más vinculada a cuestiones emocionales y/o de mandatos sociales y familiares, poniendo foco en el deber de cumplir roles tradicionales de género.
Igualmente, existen muchos y diversos mecanismos que los varones utilizan para ejercer violencia económica: una de las prácticas indicada como frecuente, por ejemplo, consiste en hacer uso de los recursos de las mujeres sin su consentimiento (sus salarios, ingresos o ahorros). Pero existen otros como el uso de los ahorros y/o bienes comunes para cuestiones personales, el control de los gastos, la prohibición de trabajar o estudiar, la disposición arbitraria y unilateral de los ingresos de la mujer y/o en común; y la lista puede seguir extendiéndose. Y los problemas continúan incluso luego de la separación o divorcio, al tener que volcarse repentinamente al mercado laboral, cayendo muchas veces en empleos precarios y en malas condiciones, y debiendo sumar esfuerzos en sus tareas de cuidado.
Algunos de los efectos mas comunes que se producen como consecuencia de sufrir violencia económica son:
En Argentina existen propuestas en el ámbito público y privado que promueven esta forma de crianza en comunidad, en el marco de las políticas públicas destinadas a familias y personas gestantes en situación de vulnerabilidad social.
Empobrecimiento: la falta de acceso a recursos financieros puede llevar a la pobreza, privando a las mujeres de una vida digna.
Aislamiento: el control de las finanzas a menudo va acompañado de otras formas de aislamiento como la restricción de contactos con amigos o familiares.
Problemas de salud: la ansiedad, el estrés y la depresión son efectos comunes en mujeres que experimentan violencia económica.
En todos los casos relevados por el informe, la violencia económica deja a las mujeres en una situación de precariedad económica y alta vulnerabilidad. Asimismo, otro aspecto en el que el estudio arroja luz es sobre los momentos en los que las mujeres detectan que son víctimas de violencia, siendo uno de los mencionados, los intercambios en grupos de pares -sobre todo entre las más jóvenes, que se presentan más abiertas a conversar sobre cuestiones de pareja-. Se evidencia entonces la importancia de conversar abiertamente sobre estos temas, para ayudar a tomar conciencia. Se trata de, como diría, el filosofo fránces Jacques Derrida (1930/2004) de empezar a aplicar la estrategia de la deconstrucción, la cual implica un cuestionamiento profundo de las ideologías y dogmas, que lleve al desmontaje y transformación de determinadas situaciones que nos perjudiquen como persona.
En el marco del ciclo de Videoconferencias realizadas por la OM, se invita a participar de la capacitación : "Educación financiera para mujeres: aportes y debates", dictada por Geraldine Ledesma, la misma es abierta al público en general, se realizará de manera virtual el miércoles 23 de octubre a las 16:30 horas a través de la plataforma Zoom. La conferencia tendrá una duración de una hora y media y se otorgarán certificados de participación.
Las personas que estén interesadas en participar de la conferencia deberán completar el siguiente formulario de inscripción: https://forms.gle/F6BtbKMwBWJmp6A28
*Acaración: por un principio de economía del lenguaje y para facilitar la lectura del documento, se hará uso del masculino en su redacción. Sin embargo, destacamos que incluimos todas las identidades de género en su contenido.
Quizás lo gestamos en nuestro cuerpo o no, quizás nació por parto o por cesárea. Quizás somos una familia monoparental, de mamá o papá e hijo/s, una familia nuclear tradicional de mamá-papá e hijo/s, una familia homoparental de mamá-mamá o papá-papá e hijo/s- o cualquier otra variante que surja de las nuevas configuraciones familiares de la época. En todas ellas, ante todo, hay una constante: quienes ejercemos el rol de maternaje, necesitamos hacerlo en red, en comunidad, acompañadas. Esto es así, no tan solo cuando los hijos son bebés, sino también mientras crecen y pasan de una etapa a otra en su vida hasta convertirse en personas adultas.
“Todas necesitamos esa red…” de la que habla Laura Gutman, terapeuta familiar, en “La maternidad y el encuentro con la propia sombra”.
Ser mamá implica “poner el cuerpo”, literal: dormir menos ante los naturales despertares nocturnos hasta los 6/7 años, agacharse para hacer “upa”, para vestir, bañar, jugar, abrazar y sostener cuando aparecen angustias y llantos, bajar su fiebre, aliviar su tos; en fin, la lista es infinita. Además, la desestructuración emocional que provoca la llegada de un hijo, es ineludible, no importa cuanto se haya deseado. El pasaje desde “lo ilusorio” de cómo será nuestra maternidad a la maternidad “real- concreta” es siempre disruptivo; y lo es simplemente porque maternar es en la práctica, en el día a día y esa experiencia es única entre cada madre y su hijo; incluso si tiene más de uno, siempre es distinta.
En un contexto de licencias por maternidad cortas o a veces inexistentes, transitar por espacios de trabajo que no contemplan la responsabilidad social de quien materna a un niño en el camino a ser adulto, es un desafío. Participar activamente del proceso educativo formal de un hijo, cuidarlo cuando se enferma, propiciar y sostener su participación en espacios colectivos no formales como deportes, artes, etc. y hasta poder compartir momentos de encuentro en calma para escuchar qué les sucede y qué necesitan se dificulta para quienes deciden maternar con responsabilidad, sin sumar la tensión que genera continuar desarrollando tareas del trabajo formal en casa y asumir las responsabilidades por las tareas de domésticas en el hogar.
En América Latina la política de los países es desigual, pero aunque ninguno se acerca a los países que mejores licencias de permiso ofrecen, algunos Estados se sitúan en la cola del mundo. Estas son las más altas, con los datos disponibles de la OIT: Venezuela, establece 26 semanas (182 días) de permiso de maternidad con un 100% del salario; Chile al igual que Cuba ofrece 156 días y llega a ofrecer hasta el 100% del salario en ese tiempo; Cuba ofrece también 156 días de licencia con un 100% del salario. Brasil es el siguiente en la lista: ofrece 120 días con un 100% de paga. Costa Rica también ofrece 120 días y un 100% del sueldo. Colombia se queda ya en un permiso de 98 días y el salario completo. Más atrás se quedarían Argentina, Bolivia y Perú con 90 días de permiso. Un escalón más abajo un grupo de países con 84 días de licencia por maternidad: Paraguay, Ecuador, México, Uruguay, El Salvador, Honduras y Nicaragua.
En Argentina la persona gestante tiene derecho a la licencia por maternidad por un lapso de 100 días, de los cuales 90 están remunerados por ANSES y los otros 10 por la Secretaría. La agente puede optar por tomar 45 días antes y 45 días después del parte o 30 días antes y 60 después del parto. Finalizada la misma, pueden optar por usufructuar licencia anual ordinaria, solicitar licencia por excedencia sin goce de haberes o reincorporarse a trabajar.Lo cual implica retornar al trabajo con un hijo de alrededor de 2 meses de vida.
Es importante destacar que en el Poder Judicial de la Provincia de Tucumán, el período total de licencia por maternidad, en ningún caso puede superar los 180 (ciento ochenta) días corridos; durante el preparto se concederá a la trabajadora un período de treinta (30) días corridos antes de la fecha probable de parto, con la salvedad que dicho período culminará en todos los casos con el parto, aun cuando éste se produzca antes de su culminación. Durante el posparto se otorgarán ciento cincuenta (150) días corridos con posterioridad al nacimiento del o los recién nacido/s (Acordada 1166/18, del 08/10/2018)
Ahora bien, ¿qué podemos hacer en lo cotidiano, en lo inmediato mientras ponemos el cuerpo, la mente y las emociones ante los requerimientos del maternar?
Hoy, algunas de esas redes se forman espontáneamente sin darnos cuenta de la importancia fundamental que conllevan y de lo que allí está aconteciendo: se está proporcionando sostén emocional, escucha, apoyo, acompañamiento. A veces, incluso a la distancia (y cruzando océanos) las redes sostienen, son un lugar de afecto, de abrazo, un lugar de “seguridad” y contención.
En Argentina existen propuestas en el ámbito público y privado que promueven esta forma de crianza en comunidad, en el marco de las políticas públicas destinadas a familias y personas gestantes en situación de vulnerabilidad social.
En el ámbito privado diversas organizaciones independientes, como también grupos autogestionados, se encuentran en funcionamiento. A veces, algunas doulas y puericultoras son el puente para la incorporación de una madre a grupos de apoyo local.
La doula es una persona, generalmente mujer, que presta orientación y apoyo físico y emocional a otra persona en algunos momentos de su vida, especialmente a una mujer durante el embarazo, el parto y el posparto. En algunos países de América es una profesión reglada.
La puericultura es, para la Asociación Civil Argentina de Puericultura (ACADP), la disciplina que se ocupa de brindar apoyo y acompañamiento en lactancia a las mujeres/personas gestantes y sus familias desde el embarazo hasta el destete, capacitando al equipo de salud y compartiendo sus saberes específicos con el resto de la comunidad científica y educativa.
La vida moderna de las ciudades focalizó y fortaleció la “familia nuclear tradicional” por lo que, quien se está iniciando en el camino de la maternidad, suele buscar apoyo en sus hermanas, su propia madre, sus abuelas o tías y, claro, ellas pueden estar presentes y ser amorosas al brindar parte de su tiempo; pero no son “pares”, no reemplazan “la red de mujeres maternando” como así tampoco la reemplaza la presencia de una persona ejerciendo comprometidamente su rol paterno, con responsabilidad afectiva y perspectiva de género.
En estas comunidades se tejen lazos de solidaridad, de empatía y se comparten desde la vivencia personal, información acerca de profesionales idóneos y respetuosos con esta forma de crianza, estrategias de cuidado de la economía familiar y de economía circular como los “roperos circulares” (vender a precios económicos aquellos accesorios que dejan de utilizar). Además, se acompañan en sus procesos de destete, pérdidas gestacionales, enfermedades de los hijos, crisis en su sexualidad, etc. operando, incluso, como una guardia 24 horas.
Siempre es un buen momento para comenzar y sumarte a un grupo o comunidad. Si ya formas parte de una comunidad y conoces a una madre que está sola, invitala a acompañarte en el camino de maternar durante el tiempo que sea necesario. Será un acto de generosidad hacia ella y hacia una misma. ¡Feliz día de las madres!
Referencias: *Gutman, L. La maternidad y el encuentro con la propia sombra. Buenos Aires. Editorial Del Nuevo Extremo. 2010
Fuente 1: https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/08/150806_permisos_maternidad_mundo_jm
Fuente 2: https://portal.produccion.gob.ar/guias-y-tramites-rrhh/licencias/maternidad-y-excedencia/
Fuente 3: https://acordadas.justucuman.gov.ar/?acordada=77703
Fuente 4: https://www.acadp.org.ar/
Fuente 5: https://www.instagram.com/doulasdeargentina?igsh=MWxxdHNoeWpidGpiYQ==
La historia del sufragio femenino en Argentina es una de las más interesantes y significativas de toda América Latina. Durante décadas, las mujeres argentinas lucharon por el derecho al voto y la igualdad de derechos políticos, enfrentando la oposición de los sectores más conservadores de la sociedad y del poder político. Sin embargo, gracias a la perseverancia y la movilización de las feministas y sufragistas argentinas, el país se convirtió en uno de los primeros en reconocer el derecho al voto de las mujeres, y en establecer un marco legal para garantizar la igualdad de derechos políticos.
Los inicios de la lucha por el sufragio femenino en Argentina se remontan a finales del siglo XIX, cuando las primeras organizaciones feministas comenzaron a reivindicar la igualdad de derechos políticos. Durante las primeras décadas del siglo XX, estas organizaciones se multiplicaron y se fortalecieron, gracias a la influencia de las feministas europeas y norteamericanas, y a la creciente participación de las mujeres en la vida pública y política del país.
Uno de los hitos más importantes en la historia del sufragio femenino en Argentina fue la creación de la Unión Feminista Nacional (UFN) en 1910, la primera organización que agrupó a las distintas corrientes feministas y sufragistas del país. La UFN, liderada por la abogada y médica Julieta Lanteri, se convirtió en el principal referente de la lucha por el derecho al voto de las mujeres, y llevó adelante una intensa campaña de difusión y movilización en todo el país.
Sin embargo, la lucha por el sufragio femenino encontró una fuerte resistencia por parte de los partidos políticos tradicionales y de las élites conservadoras, que veían con desconfianza y recelo la participación de las mujeres en la política. Durante décadas, los partidos políticos se negaron a reconocer el derecho al voto de las mujeres, argumentando que las mujeres no estaban preparadas para participar en la vida política, y que su inclusión en el padrón electoral podría debilitar la estabilidad y la tradición del sistema político argentino.
Durante la lucha por el sufragio femenino, los opositores a menudo argumentaban que las mujeres eran biológicamente inferiores a los hombres y que, por lo tanto, no estaban capacitadas para participar en la vida política y social. Estos argumentos estaban basados en una concepción androcéntrica y patriarcal de la sociedad, que consideraba a las mujeres como seres débiles, emocionales e irracionales, y a los hombres como seres fuertes, racionales y capacitados para el liderazgo.
Entre los fundamentos biológicos esgrimidos para oponerse al voto femenino se encontraban los siguientes:
1. La supuesta "inferioridad mental" de las mujeres: se argumentaba que las mujeres eran menos inteligentes que los hombres y que, por lo tanto, no podían entender los asuntos políticos y sociales de manera adecuada.
2. La supuesta "debilidad física" de las mujeres: se sostenía que las mujeres eran físicamente más débiles que los hombres y que, por lo tanto, no podían participar en las actividades políticas y sociales sin poner en peligro su salud.
3. La supuesta "emotividad" y "histeria" de las mujeres: se decía que las mujeres eran emocionales e irracionales, y que su participación en la vida pública podría generar disturbios y conflictos.
Estos argumentos reflejaban una visión sesgada y discriminatoria de las mujeres, que ha sido ampliamente desmentida por la ciencia y la experiencia histórica. Afortunadamente, la lucha por el sufragio femenino logró vencer estas barreras y permitir que las mujeres pudieran ejercer su derecho al voto y participar plenamente en la vida política y social de sus países.
No obstante, la presión de las organizaciones feministas y sufragistas, sumada a la creciente movilización y conciencia política de las mujeres argentinas, logró que la cuestión del sufragio femenino se convirtiera en un tema central de la agenda política del país. A partir de la década de 1930, algunos partidos políticos comenzaron a mostrar un mayor interés por el tema, y se abrieron a la posibilidad de reconocer el derecho al voto de las mujeres.
La Ley de Sufragio Femenino fue sancionada por el Congreso Nacional en septiembre de 1947, y estableció el derecho al voto de las mujeres argentinas mayores de 18 años, en igualdad de condiciones que los hombres. La ley fue una victoria histórica para las mujeres argentinas, y un ejemplo para el resto de los países de la región, que comenzaron a seguir el camino de la igualdad de derechos políticos.
La participación de los partidos políticos en la lucha por el sufragio femenino fue fundamental para el éxito de la causa, pero también fue resultado de la presión y la movilización de las mujeres y las organizaciones feministas y sufragistas. La lucha por el sufragio femenino fue una lucha colectiva, que involucró a mujeres de todas las clases sociales y de todas las regiones del país, y que fue clave para la consolidación de la democracia y la igualdad de género en Argentina.
A pesar de la conquista del derecho al voto, las mujeres argentinas continuaron enfrentando obstáculos y discriminaciones en el acceso a los cargos públicos y en la participación plena en la vida política. La lucha por la igualdad de derechos políticos y la eliminación de todas las formas de discriminación de género sigue siendo un desafío vigente en la Argentina y en todo el mundo, y requiere de la participación activa y el compromiso de todos los sectores de la sociedad.
El proyecto de ley que finalmente permitió el sufragio femenino en Argentina fue presentado por el diputado socialista Juan B. Justo en 1919. Este proyecto de ley, conocido como "Ley de Ciudadanía Política de la Mujer", establecía el derecho al voto para todas las mujeres mayores de 18 años, y también reconocía la igualdad de derechos políticos entre hombres y mujeres.
La Ley N° 13.010 fue aprobada por el Congreso Nacional en 1947, después de varias décadas de lucha y movilización feminista y sufragista. Sin embargo, cabe destacar que, aunque la ley se aprobó en 1947, recién en las elecciones presidenciales de 1951 las mujeres pudieron ejercer su derecho al voto en Argentina. La incorporación del voto femenino fue otro paso significativo en la ampliación de la ciudadanía y la igualdad de género en el país.
Así reza la canción que a tantos nos ha encontrado coreando inmersos en el frenesí del baile, de una noche cualquiera, en cualquier lugar; la cultura se cuela en nuestro ADN llevándonos a niveles de inconsciencia en donde 20 años después festejamos el Cris Morena Day ignorando lo atrasado de un discurso sexista y violento.
En nuestra vida adolescente, poco se nos enseña de inteligencia emocional, comunicación asertiva, educación sexual; con nuestras torpes herramientas nos sumergimos al mundo vincular interpretando que el amor todo lo puede, que sin ti me muero, que esto que llamamos amor es para toda la vida; como continuas máquinas de repetición de un sello que no deja entrever la génesis del sufrimiento, de la violencia con la que nos relatamos realidades nocivas para nuestra salud física y mental que luego repercuten en como nos movemos en el mundo, damos origen a ese amor Disney, donde exigimos de las relaciones un “final feliz” a como dé lugar, pero lamentablemente en el universo 3D las cosas son un tantito más complejas.
En tiempos modernos donde nos cuestionamos el patriarcado, la monogamia, el matrimonio, la belleza heteronormativa, se perdona muy poco o ya no existen límites, todo pareciera estar yendo a un lugar peligroso donde la gente tiene miedo a mostrar lo que piensa, lo que siente, sin oportunidad a la escucha, a diálogos incómodos, al intercambio de la experiencia de compartir, fingiendo desinterés, consumiendo cuerpos, exigiendo al placer inmediatez, sustancia, innovación. Para el psicoanálisis el amor es la diferencia entre lo que yo estoy pretendiendo que me den y lo que el otro puede dar, y es ahí, en ese punto de negociación, donde me quedo y recibo con gratitud; en las situaciones donde mis necesidades, mi deseo, mi persona no son abrazados en el vínculo, debemos retirarnos; quedarse o irse es muy doloroso, pero hay dolores que nos ayudan a madurar, crecer, traen movimiento en nuestras vidas y hay otros que perpetúan el padecimiento, el goce, nuestro propio impulso autodestructivo.
Con una demora de 16 años, la Legislatura de Tucumán aprobó en 2022 la adhesión a la ley nacional N° 26.150 que establece el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir Educación Sexual Integral (ESI). La normativa que rige en territorio tucumano no es una mera adhesión al texto federal, ya que cuenta con un agregado expresado en el artículo 2°. La Educación Sexual Integral debe incluir a los padres de los alumnos en sus programas". En este marco, se fijan tres "objetivos", el primero "ampliar la información y formación sobre aspectos biológicos y socioculturales en relación con la sexualidad de niños y adolescentes"; el segundo, "promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del niño y adolescente, preparándose para entablar relaciones interpersonales positivas"; y el último, "vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos de la presenteley".
Como mamíferos somos la única especie que durante la infancia necesitamos de un otro para la supervivencia, así es como durante nuestros primeros años de vida inscribimos lo que será nuestros patrones a la hora de vincularnos.
La materia, nuestros cuerpos y el mundo en el que vivimos tiene límites. La crueldad, la falta de reciprocidad, la frialdad, la hiperexigencia (propia y de los otros) deben ser nuestras señales de alerta a la hora de vincularnos. Quizás todos debiéramos aprender a retirarnos de forma saludable, con lo que resta de amor, aceptar que no todo es posible, lo imposible también esconde un camino de aprendizaje hacia lo que podríamos llamar tolerancia a la frustración, como quien aprende de los procesos de vida, donde todo se encuentra en continuo movimiento.
Todo concluye al fin, nada puede escapar, todo tiene un final, todo termina, si pensáramos que hasta la propia muerte marca el renacer hacia una historia desconocida, quizás se explicaría porque luego del más crudo invierno siempre floreció. Bienvenida primavera.
Los días 15 y 16 de Agosto se realizó la Jornada sobre Violencia Sexual contra niños, niñas y adolescentes coorganizado por FUSA y Equality Now, sexto encuentro de la mesa nacional contra el abuso sexual a infancias, adolescencias y juventudes (ASIAJ) en argentina, dentro de la cual participó la Magister: Fátima Forte, miembro de la Oficina de la Mujer dependiente de la Corte Suprema
Dentro de los temas desarrollados se debatió el acceso a la Justicia, obstáculos en la investigación penal del ASIAJ, estándares internacionales para el abordaje de la violencia sexual contra adolescentes, sentencia de la CIDH Brisa de Angulo Vs Bolivia. Presentación del protocolo de investigación de violencia sexual (UFEM), búsqueda de la verdad y lucha contra la impunidad, estrategias para producir pruebas del delito y robustecer el testimonio de las víctimas. ¿Cómo acotar la estrategia de defensas letradas anti derechos de los agresores sexuales? y la importancia crucial de las pruebas de contexto en delitos de violencia sexual.
La participación de la Magister Fátima Forte enriquece significativamente el debate, dada su experiencia en el ámbito de la justicia y la defensa de los derechos de las mujeres, para poder analizar en conjunto nuevas líneas de acción jurídico-estratégicas en el logro de condenas, y en la mirada de organismos internacionales en este tipo de causas, para obtener pistas y obtener un pasaje reparador por la Justicia.
A partir del lema ”CERRANDO LA BRECHA. Apoyo a la Lactancia Materna en todas las situaciones”, se celebra del 1 al 7 de agosto la Semana Mundial de la Lactancia. La misma se realiza todos los años, es una campaña mundial coordinada por la Alianza Mundial para la Acción de Lactancia Materna (WABA, por sus siglas en inglés) creada para generar conciencia y estimular acciones sobre temas relacionados con la lactancia
La lactancia materna puede actuar como un factor de igualdad en nuestra sociedad y se deben hacer esfuerzos para garantizar que todos tengan acceso al apoyo y las oportunidades de lactancia, este apoyo incluye políticas y actitudes que valoren a las mujeres y la importancia de la alimentación en los primeros años de vida, un sistema de salud adecuado, respeto por la autonomía de las mujeres y su derecho a amamantar en cualquier momento y lugar, solidaridad y apoyo comunitario.
Facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar es considerada una estrategia de liderazgo con perspectiva de género. En este sentido, la Oficina de la Mujer se ocupa de administrar el espacio institucional creado por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, mediante Ac Nº 1585/2021, para quienes trabajan en el Poder Judicial y se encuentren en período de lactancia, de manera que extraigan y conserven su leche en un sitio cómodo, seguro e higiénico con particular respeto a su privacidad. Durante el último año se realizó la inauguración de dos nuevos Lactarios dependientes de la Oficina de la Mujer en las sedes de Crisóstomo Alvarez 535, 7°A y sede Penal cita en España 431, 2° piso ala oeste, que se suman al ya existente en el Palacio de Tribunales, a los que se pueden concurrir de lunes a viernes de 07.00 a 19.00 hs.
Implementar una red de apoyo con políticas a favor de la concientización de la lactancia, el cuidado de las mujeres embarazadas, acompañarlas para generar un contexto favorable y así poder sostenerlo en el tiempo, es contar con una legislación que proteja de forma efectiva la igualdad, la equidad y la conciliación familiar y laboral necesaria para garantizar a las personas que amamantan que sus puestos de trabajo no se vean amenazados por el embarazo o las licencias de maternidad/paternidad.
El Segundo Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe de 1983 declaró al 22 de julio como el Día Internacional del Trabajo Doméstico con el objetivo de contribuir al reconocimiento y visibilización de la labor que millones de mujeres realizan en el interior de sus hogares, actividades que comprenden las tareas de cuidado de niñas, niños y personas mayores, responsabilidades esenciales para la organización de la vida familiar y absolutamente fundamentales para el desarrollo de la vida económica, productiva y social de toda comunidad.
Desde la Oficina de la Mujer queremos invitar a reflexionar al personal judicial en este día acerca de la sobrecarga que experimentan muchas mujeres en su ámbito doméstico y que impacta de manera negativa en la igualdad de oportunidades en su ámbito laboral. Si bien es cierto que esta inequidad de participación en las labores domésticas tiene que ver con cuestiones sociales históricamente asignadas a las personas conforme su rol, también se encuentran aquellas relacionadas con la insuficiencia de las prestaciones sociales que cubran las necesidades actuales de las personas trabajadoras y que fomenten la participación activa de los hombres en la economía del cuidado.
Compartimos en esta oportunidad, desde nuestro Rincón del Conocimiento, un documento con las principales ideas vertidas por la Dra. en Ciencias Sociales, Eleonor Faur. durante la Jornada de Capacitación sobre “Derecho al cuidado” llevada a cabo en el salón Monteagudo el 9 de noviembre del año pasado y adjuntamos el link para, quienes se encuentren interesados, puedan acceder a la grabación de la conferencia completa: Click aqui para ver la videoconferencia
El día miércoles 19 de Junio, la OM realizó la reunión con Equality Now en el marco de las capacitaciones por los derechos de niños, niñas y adolescentes a partir del derecho internacional de los derechos humanos y las últimas reformas legislativas, este primer encuentro estuvo a cargo de Sofia Quiroga quien habló sobre “ La Ley Olimpia y la violencia digital contra niñas y mujeres”
Equality Now es una organización internacional de derechos humanos que trabaja para proteger y promover los derechos de todas las mujeres y niñas alrededor del mundo. Fundada en 1992 con presencia en 5 continentes y seis países de América Látina y el Caribe. La organización cuenta con cuatro áreas de trabajo: Lograr la igualdad jurídica, poner fin a la violencia sexual, poner fin a las practica nocivas y poner fin a la explotación sexual. Equality Now combina el activismo de base con la defensa legal internacional, regional y nacional para lograr un cambio legal y estructural en beneficio de todas las mujeres y niñas, y trabaja para garantizar que los gobiernos promulguen y hagan cumplir leyes y politicas que defiendan sus derechos.
La Ley 27.736 llamada “Ley Olimpia”, inscribe la violencia contra mujeres en entornos digitales como una modalidad de violencia de género; la misma aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido privado, además de incluir los discursos de odio, contenidos sexistas, acoso y espionaje, entre otros. En este sentido, protege los derechos y bienes digitales, así como el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el ámbito digital.
Aprobada el 23 de Octubre de 2023, la iniciativa está inspirada en Olimpia Coral Melo que cambió la legislación mexicana después de que se viralizara un video sexual con su ex novio y su mamá la incentivara a defender su intimidad.
El proyecto incorpora la violencia en entornos digitales a la Ley 26.485 de violencia contra las mujeres. La norma prevé que se protejan los derechos de las mujeres en las redes sociales y “que se respete su dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales”. La iniciativa prevé que las plataformas (Google, Facebook, Twitter, Tik Tok, Instagram, etc) puedan quitar, por pedido de la justicia, los contenidos que generan violencia, mediante vía electrónica o digital ya que las empresas de internet operan en el extranjero.
En el marco de las reuniones de Red coordinadas por el Observatorio de la Mujer, las licenciadas Gilda Pastorino y Georgina Orellana, Trabajadoras Sociales, realizaron la presentación de la Oficina de Control de Acuerdos y de Reglas de Conducta, Probation y Condicionalidad de la Pena (OCARC), creada por Acordada N°1105/19 dependiente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán
La misma se encarga del efectivo control, dirección y seguimiento del cumplimiento de las condiciones y reglas de conducta que se impongan a personas que obtienen la libertad en el marco de procesos penales, de esta forma podemos distinguir en la OGA de Ejecución Penal, las Condenas Condicionales y Probations, de las Condenas de Pena Efectiva (en prisión).
Las condenas de Reglas de Conducta (con una duración máxima de 4 años) son variables en cada caso, y buscan poner el foco en la Justicia Restaurativa, algunas de ellas son el tratamiento psicológico en lugares públicos o privados, la terminalidad educativa, el cumplimiento de cursos de género mediante acompañamiento individual y grupal, trabajo social y comunitario con perspectiva de género, puesta en practica de oficio, arte y profesión en conjunto a distintas asociaciones civiles. La puesta en práctica de un Modelo Integral Restaurativo, tiene por objetivo disminuir la reincidencia apuntando al cambio en la relación vincular, la reconstrucción de un lazo social y la restauración del daño que causó el delito.
Quienes deseen comunicarse con la OCARC pueden contactarse a las lineas telefónicas adjuntas:
Gilda Pastorino: : 381 644 5544
Georgina Orellana: 381 521 0588
En el marco de las reuniones de Red coordinadas por el Observatorio de la Mujer, la Lic. Laura Suárez, Trabajadora Social, realizó la presentación de la Oficina de Asistencia a las Víctimas de Delitos, dependiente de la Corte Suprema del Poder Judicial, creada por Acordada N.o 616/14.
La misma se fundó para brindar asistencia jurídica, médica y psicosocial a todas aquellas personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido lesiones, daños o abusos físicos o psíquicos, padecimientos emocional o pérdida económica, como consecuencia de un delito previsto en la legislación penal vigente.
El rol estratégico de la OAVD en el diseño institucional, atento a la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, tiene por objetivo dar mayor centralidad y protagonismo a las víctimas en la resolución de los conflictos penales que los involucra (artículos: 11, 27 inc. 6, 82 subsiguientes y concordantes, Ley 8933), brindando atención integral mediante: información adecuada, interpretación del lenguaje jurídico, evaluación, contención, orientación y acompañamiento a personas que hayan sido víctimas de delitos y a sus familiares, en su tránsito por el proceso penal. Asi como la derivación y articulación.
Las intervenciones que se realizan son evaluación y acompañamiento. Los profesionales a cargo valorarán las necesidades de la victima, si esta requiere asistencia psicológica especializada, social, jurídica, etc; procurando encontrar el servicio/institución/profesional que mejor se adecúe a la situación y que contemple sus circunstancias particulares como ser, la cercanía al domicilio, edad, si se encuentra bajo tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico, sus posibilidades económicas para el traslado, horarios, etc. En los casos que se haya realizado una derivación, se efectuará un contacto previo para hacer saber los motivos de la misma, ademas de la elaboración del correspondiente informe. Una vez realizada la derivación se realizará un seguimiento para saber si la víctima se contactó con la persona/institución con la cual se articuló.
El fin es el de contribuir a garantizar los derechos frente al proceso, procurando mitigar las consecuencias del impacto del delito y evitar situaciones de revictimización, incorporando la figura de la víctima como parte activa de los mecanismos de protección de derechos y garantías en el sistema de justicia, promoviendo una acción reparadora, evitando incurrir en situaciones que profundicen la sensación subjetiva de vulnerabilidad que de por sí implica el hecho de enfrentarse a un proceso penal y las consecuencias del delito.
La Oficina de Asistencia a Víctimas de Delito actúa bajo la órbita de la Oficina de Derechos Humanos y Justicia, Acordada N°208/19, integrada por una dirección y equipo interdisciplinario de las especialidades de abogacía, psicología, trabajo social y medicina. Quienes deseen acudir a la OAVD pueden contactarse a las sedes adjuntas, así mismo también pueden acceder al video de la reunión.
Sede Capital : 24 de Septiembre 677 6°piso - 381 571 0281
Sede Concepción : España 1438 - 381 346 3350 / 3348
Sede Monteros : Crisostomo Alvarez 370 - 381 346 3271
El 8 de junio de 1987 se promulgó la Ley 23.515 sobre divorcio vincular. Esta ley marcó un hito significativo en la evolución de las leyes familiares en Argentina y tuvo un impacto profundo en la sociedad argentina; hubo fuertes debates y una profunda resistencia por parte de grupos conservadores.
Antes de la aprobación de la Ley de Divorcio en 1987, Argentina tenía un sistema legal que imponía restricciones severas en cuanto a la disolución del matrimonio. La única forma de poner fin a un matrimonio era a través de la separación de cuerpos, un proceso que no permitía a las parejas volver a casarse legalmente.
Esta situación generaba diversos problemas tanto a nivel legal como social, ya que las personas que deseaban volver a casarse no podían ya que lo único moralmente válido era la separación de personas que no disolvía el vinculo conyugal. En otras palabras, no legitimaba a las personas a contraer nuevas nupcias. Por este motivo se incrementaron las uniones convivenciales (antes se denominaban concubinato). Otra de las modalidades que imperó en esa etapa era contraer matrimonio fuera del país, pero en Argentina esa modalidad era ilegal.
La aprobación de la Ley de Divorcio en 1987 representó un avance significativo en términos de derechos individuales y libertades civiles en Argentina. Esta ley estableció un marco legal que permitía a las parejas disolver el vínculo matrimonial, reconociendo el derecho de cada individuo a decidir sobre su propia vida y su propia felicidad.
Además de facilitar el proceso de divorcio, la Ley también introdujo disposiciones relacionadas con la custodia de los hijos, la distribución de bienes y la pensión alimenticia, entre otros aspectos. Estas disposiciones tenían como objetivo proteger los derechos de los cónyuges más vulnerables y garantizar una transición justa y ordenada en el proceso de separación.
Desde la aprobación de la Ley de Divorcio en 1987, Argentina ha experimentado cambios significativos en cuanto a la forma en que la sociedad percibe el matrimonio, el divorcio y la familia en general. Esta ley ha contribuido a la construcción de una sociedad más inclusiva y respetuosa de la diversidad de formas familiares, reconociendo que las relaciones personales y familiares evolucionan y que las personas tienen derecho a buscar la felicidad y el bienestar en sus vidas.
En conclusión, a 37 años de la entrada en vigencia de la ley de divorcio vincular es una oportunidad para reflexionar sobre los avances en materia de derechos civiles y familiares en el país. Esta ley ha sido un paso importante hacia la construcción de una sociedad más justa y equitativa, en la que se respetan los derechos y las decisiones individuales. A lo largo de estos años, la ley de divorcio vincular ha contribuido a la protección de los derechos de las personas en situaciones de divorcio y ha sentado las bases para una convivencia social más armoniosa y respetuosa de la diversidad.
El 27 de Mayo se realizó la 43° Reunión de la Red Provincial Tucumán contra la Violencia hacia las mujeres, integrada por la Oficina de la Mujer del Poder Judicial, Observatorio de las Mujeres y Violencias por razones de Género, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Educación, Poder Judicial de Tucumán, Defensoría del Pueblo de Tuc, Cuerpo de Abogados del Estado, entre otras.
Las representantes Laura Ciolli y Fátima Forte realizaron la presentación de la Oficina de la Mujer, creada por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia mediante Acordada No 721/12 . Se detallaron las funciones de la OM, dentro de las cuales se encuentra: acordar políticas con la Oficina de la Mujer de la CSJN, coordinar acciones con los restantes poderes del Estado referidas a la aplicación de la Ley Nacional no 26.485, desarrollar actividades de formación e investigación en perspectiva de género con las instituciones académicas, públicas y privadas vinculadas al Poder Judicial, organizar actividades de capacitación para todo el personal del Poder Judicial tendientes a la incorporación de la perspectiva de género, tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales.
Durante el desarrollo del encuentro se expuso la inauguración del área: Gestión de Riesgo de la OM, creada por Acordada 893/23, destinada a realizar el seguimiento y registro estadístico de las cautelares de protección de persona dictadas por los órganos jurisdiccionales; a fin de verificar el cumplimiento de medidas y aconsejar aquellas intervenciones que resulten pertinente según las particularidades de cada caso; posibilitando la supervisión de aquellas situaciones de violencia evaluadas como riesgo alto/altísimo por la OVD o que presente indicadores de riesgoevidentes, la Oficina de la Mujer toma contacto con la Víctima y con el Juzgado interviniente para articular estrategias de abordaje que cesen el riesgo o bien eviten que el mismo se incremente.
A partir de esta suma de acciones se busca llevar adelante la planificación e implementación de estrategias que promuevan la igualdad de género, compartiendo los esfuerzos nacionales e internacionales para alcanzar un Estado de Derecho basado en la igualdad real de todas las personas
Para poder ver en desarrollo los puntos tratados, pueden acceder al video de la reunión en el correspondiente link adjunto.
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Del 13 al 19 de mayo se celebra la Semana Mundial del Parto Respetado, una iniciativa que se celebra anualmente para concientizar sobre la importancia de un trato humanizado y respetuoso durante el parto. Durante estos días se realizan, en nuestro país y en el mundo, diversas actividades y campañas para promover los derechos de las personas en el proceso del parto, destacando la importancia de la autonomía en las decisiones, la no medicalización innecesaria y el respeto a los tiempos naturales del parto.
El objetivo de esta campaña es fomentar prácticas obstétricas respetuosas, que reconozcan y respeten las decisiones informadas, promuevan la lactancia y garanticen un entorno seguro y acogedor para el nacimiento. Además, se busca educar tanto a profesionales de la salud como al público en general sobre la necesidad de evitar intervenciones innecesarias y de apoyar a todas las personas que van a parir en sus elecciones durante el proceso del parto.
Desde la Oficina de la Mujer, buscamos contribuir a generar conciencia sobre ello, teniendo en cuenta que, en la Argentina, la Ley de Parto Humanizado Nº 25.929 y su reglamentación (decreto 2035/2015), promueven la atención del parto caracterizada por el respeto a los derechos de la familia y del recién nacido. Esta normativa destaca un cambio en la forma de atención, priorizando las necesidades del paciente basándose en dos pilares fundamentales: la escucha de sus deseos y la información sobre cada accionar médico.
El 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS) eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, terminando de esta manera, con más de un siglo de discriminación dentro de la medicina. Este acontecimiento histórico sirvió de base para la lucha por el reconocimiento de derechos y la creación de políticas públicas para la población LGBTIQ. Así, esta fecha se consolidó como el día de visibilidad, promoción y reclamo por la protección y pleno goce de los derechos humanos de esta población a nivel internacional.
Es por eso que, desde la Oficina de la Mujer, consideramos importante seguir promoviendo la reflexión del personal judicial en estas cuestiones; más aún cuando, días atrás, un vecino de Barracas, lanzó una bomba casera en la habitación en la que vivían cuatro mujeres lesbianas, provocando la muerte de 3 de ellas y la hospitalización de la cuarta.
Recordemos que lo que yo pienso de mí y lo que pienso del otro es un pensamiento construido en común. Aquello que pensamos tiene un impacto en la realidad a través de lo que creemos que debería (o no debería) ser el mundo, a través de lo que nos hacen creer que es normal y lo que no. El odio a los demás también se elabora colectivamente: un lesbicidio es el resultado de una idea de odio. No se puede llamar a algo accidente cuando es el Estado el que legitima la animadversión a la diferencia.
Eso es parte de la pedagogía de la crueldad que nombra Rita Segato. Hay un lenguaje de poder y una dimensión de lo relacional entre el agresor y la víctima, por detrás de la cual se encuentra siempre una estructura donde el hombre tiene que actuar, espectacularizar su poder, para disciplinar a todas las mujeres.
Aunque esta fecha se conoce mundialmente como el Día Internacional contra la Homofobia, Lesbofobia, Transfobia y Bifobia, es cada vez más común referirse a ésta como el Día Internacional de la Lucha contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género, este cambio responde a que, si bien “homofobia”, “transfobia”, “lesbofobia” y “bifobia” son términos que comúnmente se utilizan para hablar de odio o rechazo hacia las personas LGBTIQ, no son los correctos toda vez que no se trata de una “fobia”, es decir, de un trastorno de salud psicológico, sino de actos discriminatorios aprendidos socialmente, que conllevan una sanción legal.
42° Reunión de la Red Provincial Tucumán contra la Violencia hacia las mujeres
El 24 de Abril se realizó la 42° Reunión de la Red Provincial Tucumán contra la Violencia hacia las mujeres, integrada por la Oficina de la Mujer del Poder Judicial, Observatorio de las Mujeres y Violencias por razones de Género, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Educación, Poder Judicial de Tucumán, Defensoría del Pueblo de Tuc, Cuerpo de Abogados del Estado, entre otras.
Durante el desarrollo de la reunión se realizó la presentación de la nueva área: Gestión de Riesgo de la OM, creada por Acordada 893/23, destinada a realizar el seguimiento y registro estadístico de las medidas cautelares de protección de persona dictadas por los órganos jurisdiccionales, de manera tal verificar su cumplimiento y aconsejar nuevas intervenciones cuando resulte pertinente.
De los nuevos integrantes de la Red también se sumaron: Dirección de Adultos Mayores, el Programa Acercar Derechos y la División Trata de Personas
Entre los temas tratados se propuso actualizar el directorio de teléfonos/contactos de organismos participantes y trabajar en la reformulación del Protocolo de Violencia de género en función de las dificultades actuales
Se plantearon dificultades en torno al desistimiento de las víctimas que se encuentran bajo medidas de protección, y se puso el tema en la agenda de trabajo de las próximas reuniones de la Red. Asimismo se planteó la necesidad de reforzar dispositivos de grupos de apoyo para mujeres que sufren violencia y como así también para varones que la ejercen.
La Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en colaboración con las jurisdicciones del país, publicó la cuarta edición del “Compendio de Jurisprudencia con perspectiva de género”, la misma reúne resoluciones y sentencias con enfoque de género, dictadas entre los años 2020 y 2024, que incorporan los estándares internacionales en derechos humanos de las mujeres. El compendio forma parte de las acciones que realiza la OM para impulsar en la esfera del Poder Judicial, un proceso de incorporación de perspectiva de género en la planificación institucional y en los procesos internos, a fin de alcanzar la equidad de género, tanto para quienes utilizan el sistema de justicia como para quienes trabajan en él.
https://www.csjn.gov.ar/om/verNoticia?idNoticia=8171 Reflexión y concientización
Dia internacional de la Mujer
Certificación Normas ISO 9001
IRAM certifica que la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán posee un Sistema de Gestión de la calidad que cumple con los requisitos de la Norma IRAM – ISO 9001:2015, cuyo alcance es: Diseño y desarrollo de actividades de capacitación para promover la igualdad de género, en los diversos órganos del poder judicial de la Provincia de Tucumán y para organismos externos que se autoricen.
Para consultar sobre sus certificados de Ley Micaela, haga click aqui
Dirección: Chacabuco 476
Tel.: 0381 - 4844000
Atención: 08:00 - 13:00
Dirección: : Av. Avellaneda 750. Hospital Centro de Salud.
Tel.: 0381 - 4522443.
Atención: de 8 a 18 hs.
Referente:: Dra. Eva Fontdevila
Dirección: Lamadrid 450, Planta baja
Tel.: 0381 - 4248000 interno 147
Atención: de 7 a 19 hs.
Referente: Lic. Marta Palazzo.
Fundación Maria de los Angeles
Dirección: 25 de mayo 1095; y en zona sur (Jujuy 2253)
Tel.: 0381 - 4312082.
Atención: Lunes a Viernes - 09:00 a 16:00 hs.
(Zona sur) Atención: Lunes a Viernes - 08:00 a 16:00 hs.
Tel.: 0800 222 3425
Dirección: Don Bosco 1886
Tel.: 0381 - 4514912
Atención las 24 hs.
Referente: Lic. Patricia Santucho.
Dirección: Casa de gobierno. 25 de mayo 90
Atención: 08:00am a 17:00pm
Dirección: Piedras 530, 3er piso, Oficina K y M / Piedras 533 Oficina 3
Tel.: 0381 - 4207287
mail: direccionadultosmayores@gmail.com
Dirección: Casa de Gobierno (25 de mayo 90, planta baja)
Tel.: 0381 - 4844000 (Interno 348)
email: direcciondediscapacidadtucuman@hotmail.com
Dirección: Mexico 977
Tel.: 0381 - 4271261 int 291 de 7:00 a 17:00hs. /0381-4276050/4276654/fax:4276630 int 269
Servicio de Adicciones.
Anexo Olmos Castro.
Tel.: 0381 - 4270439
Dirección: Balcarce 64
Tel.: 0381 - 4220860/62
Atención: Lunes a Viernes de 8 a 13 hs.
Dirección: Las Piedras 530, 3° Piso
Tel.: 0381 - 4553906/3905
email: stirado@desarrollosocialtuc.gov.ar
Dirección: 25 de mayo 1095
Tel.: 0381 - 4214255
Atención: lunes a viernes de 9 a 20 hs.
Dirección: Crisóstomo Álvarez 583, 1º piso, Oficina 4
Tel.: 0381 - 154146117 - 154751634
Dirección: Congreso 351
Tel.: 0381 - 4215978
Dirección: España 1583. Concepción.
Dirección: Ayacucho 120
Teléfono: 0381 - 4313550
Referente: Dra. Mirna Dip